Buscar este blog

sábado, 6 de mayo de 2017

Hablemos de nuestros JÓVENES. Dia 6. MES DE LA AFROCOLOMBIANIDAD

Por Licenia Salazar

En Colombia se considera joven aquella persona que se encuentra entre los 14 y 28 años cumplidos (art. 5 ley 1622 de 2013). 

La población afrocolombiana se divide en tres grupos: los raizales del Archipiélago de San Andrés  Providencia  y  Santa  Catalina,  la  comunidad  de  San  Basilio  de  Palenque  y  la población que reside en las cabeceras municipales o en las grandes ciudades (incluyendo los  que  se  ubican  en  el  corredor  del  pacífico  colombiano).  Del  total  de  jóvenes afrocolombianos, el 99,10% se autoreconoció como Negro (a), mulato, afrocolombiano; el 0,73% como Raizal de San Andrés y Providencia y el 0,17% como Palenquero. 

De acuerdo con el Censo 2005 del DANE, se puede observar que el peso relativo de los jóvenes afrocolombianos dentro de su grupo étnico es levemente superior respecto  a  los  demás grupos.  De  acuerdo  con  esto,  demográficamente  los  jóvenes  afrocolombianos dentro de su grupo étnico representan una proporción 25,08%, con unos 1,4 puntos porcentuales mayor que los jóvenes de la población mayoritaria (23,67% del total de esta población), y de igual manera un poco mayor respecto a la población indígena del país (24,21%). 
(Dato tomado del Ensayo Jóvenes afro­colombianos: Caracterización Socio­demográfica y Aspectos de la Migración Interna. Autor Jhon Milton Asprilla).

Los Jóvenes afrocolombianos tienen presencia en varios espacios del nivel nacional, entre los más importantes se cuentan con un delegado en:
Consejo Nacional de Juventud (artículo 35 ley 1622 de 2013) y 
Representante ante la Junta Administradora del Fondo Condonable de Comunidades Negras del ICETEX. Han sido representantes Johaner Rivas Mosquera (Chocoano): 2011-2013, Oscar Lenis (Vallecaucano) del 2013-2016, Felipe Gomez (Caucano) 2016-2017
 En cada Departamento hay un representante joven ante Junta Administradora Regional del Fondo Condonable de Comunidades Afro.

En cuanto a los Consejos de Juventudes, son mecanismos autónomos de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión pública e interlocución de los y las jóvenes en relación con las agendas territoriales de las juventudes, ante institucionalidad pública de cada ente territorial al que pertenezcan, y desde las cuales deberán canalizarse los acuerdos de los y las jóvenes sobre las alternativas de solución a las necesidades y problemáticas de sus contextos y la visibilización de sus potencialidades y propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante los gobiernos territoriales y nacional. Existen Consejos Departamentales de Juventud, Consejos Distritales, Municipales y Locales de Juventud (art. 34 ley 1622).

Por otra parte El Fondo Especial de Créditos Educativos de Comunidades Negras, es un mecanismo por medio del cual se facilita el acceso, la permanencia y la graduación de estudiantes de las Comunidades Negras al Sistema de Educación Superior incluyente, a fin de garantizarles el derecho a tener igualdad de oportunidades en relación con el resto de la sociedad Colombiana. (La expresión Comunidades Negras incluye a las Poblaciones Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras). Este fondo se reglamentó mediante el Decreto 1627 de 1996 "Por el cual se reglamenta el artículo 40 de la Ley 70 de 1993. Fondo Especial de Becas para educación superior administrado por el Icetex"

Importante mostrar el Presupuesto que se le ha asignado al Fondo especial Condonable para Afrocolombianos: entre los años 1996-2008

AÑO  RUBRO          ESTUDIANTES
1996/ 512.500.000/      1519
1997/ 911.800.000/       0
1998/ 1.372.712.000/    0
1999/  796.173.000/      0
2000/  796.173.000      1070
2001/  950.000.000      0
2002/  1.026.000.000   0
2003/  600.000.000      0
2004/  2.415.700.000   998
2005/ 1.990.653.375    1200
2006/ 3.171.000.000    813
2007/ 3.305.767.500    259
2008/ 3.430.000.000    0

TOTAL 21.278.478.875 5859
Fuente: ICETEX, Fondo Especial Condonable de Educación para Población Afrocolombiana , año 2008 









UN POCO DE HISTORIA SOBRE JUVENTUDES EN COLOMBIA:
1. 1968: se expide el Decreto 2743 con el cual se crean el Consejo Nacional y el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes. En esa época, el Estado consideraba que los jóvenes sólo se beneficiaban de programas de deporte y recreación.
2. En 1985: se proclama el  Año Internacional de la Juventud, Naciones Unidas inició esta celebración anual, lo que permitió que -por primera vez- el tema de juventud tuviera importancia pública. Así se inició una discusión para pensar.
3. En 1988, el Departamento Nacional de Planeación impulsó unos Lineamientos generales para formular normativas juveniles. Entre 1987 y 1989, un consultor de Naciones Unidas brindó recomendaciones al informe de "Elaboración de la Política Nacional de Juventud"
4. En  1992, Se crea en el país la Consejería para la juventud, la mujer y la familia
5. En 1994: Se crea el Viceministerio de la Juventud. Aprueban la Ley de Juventud en Colombia
6. En 1997 el Congreso de la República expide la Ley 375 o de la Juventud.
7. En 2013 es sancionada la ley 1622: "Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones".
8. En el año 2014, Se crea la Comisión accidental para la juventud en el Congreso de Colombia, de acuerdo a la ley 5 de 1992 en su artículo 66 y 67 para estudiar, analizar y presentar a la plenaria, iniciativas legislativas y debates de control político que promuevan y garanticen los derechos de los y las jóvenes.
9. En el año 2014. Se transforma el programa de jóvenes a Dirección.
10. En el año 2016, se aprueba la Ley de Empleo y Emprendimiento Juvenil mediante Ley 1780  de 2016.

ALGUNAS NORMAS SOBRE JÓVENES EN COLOMBIA:
* LEY ESTATUTARIA 1622 DE 2013 Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones.

* LEY 1780 DE 2016. Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar: barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones"

* LEY 375 DE 1997: Por la cual se crea la ley de la juventud y se dictan otras disposiciones (derogada)

* PRIMER CONPES 2626 de 1992, "Política Social para los Jóvenes y las Mujeres".

ALGUNOS DOCUMENTOS DE INTERÉS SOBRE JÓVENES AFROCOLOMBIANOS:
1. Memorias I Encuentro de Fortalecimiento del Comité DE Impulso de la Red Nacional de Jóvenes Afrocolombianos (año 2004 Buenaventura)
2. CENSO 2005 Jóvenes afro¬colombianos: Caracterización Socio-demográfica y Aspectos de la Migración Interna
3. Página Red Nacional de Jóvenes Afrocolombianos
4. Beca Martin Luter King. El Centro Cultural Colombo Americano de Cali, con el apoyo de la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá, ofrece clases de inglés a jóvenes universitarios afrocolombianos e indígenas mediante el programa de becas Martin Luther King.
5. Página oficial de Colombia Joven

El actual El director de la Dirección del Sistema Nacional de Juventud "Colombia Joven" es Juan Carlos Reyes Cañón, Politólogo de la Universidad Javeriana, quien ha desarrollado varias investigaciones sobre juventud en Colombia.

ALGUNOS JÓVENES ACTIVISTAS AFRO
* Yilberth Benitez Palacios: Abogado y Docente etnoeducador, Vice Presidente del Sindicato Nacional de Maestros Etnoeducadores. Integra la Mesa de Concertacion Afro de Santiago de Cali. Pertenece a la Junta de Mandatarios Empresarios y Lideres Afrodescendientes de Latinoamericana y el Caribe. Reside en Cali.
* Oscar Lenis. Ingeniero Industrial de la Universidad del Valle. Especialista en Gestión Publica ESAP. Actualmente Delegado en el Espacio Nacional de Consulta Previa.
* Cesar Cabezas: Represenrtante del Valle en la Junta Administradora Regional del Fondo Condonable de Comunidades Afro. Consultivo Departamental de Comunidades Negras.
* Carlos Quintero: Delegado de las Comunidades Negras ante el Compos de Palmira y Representante Legal de la Organizacion Poder Popular en Palmira.
* Hector Pablo  Cabezas (Nariño). Representante en la Junta Administradora Regional del Fondo Condonable de Comunidades Afro Icetex. 
* Harold Salas. (Palenquero) de la Org Cumajaná. Responsable de los cupos para afros en la Universidad de Cartagena.
* Daylis Jimenez: (Guajira). Primera Representante ante la Junta Administradora Regional del Fondo Condonable de Comunidades Afro Icetex Guajira.
* Jomaira (Departamento de Córdoba)
* Ariel Palacios (Antioquia). Fué Gerente de la oficina de Comunidades Negras en la administración del Ex Alcalde Fajardo en Medellin.
* Zamira Moreno Mena: Coordinadora IIAP Bogota.
* Juan Fernando Córdoba.  
* Lucelly Maturana (Pereira)
* Carolina Guerrero (Buenaventura). 


ARTICULO Jovenes Afrodescendientes HOY
Por Danna Rendon​

Teniendo en cuenta que los niños son el futuro pero los jóvenes el ahora, podemos a simple vista reconocer como las mentes de quienes han tenido la oportunidad de superarse están marcando la diferencia. Nuestros jóvenes han despertado conciencia y saben que deben tomarse el poder de la mejor manera y es con: inteligencia, luchando por sus ideales individuales y grupales como conjunto étnico así llevando consigo la responsabilidad de enaltecer una cultura que por tanto tiempo le han restado importancia, podríamos  nombrar estadísticas y casos donde quienes tienen los números más altos en criminalidad son los jóvenes pero no es momento de resaltar lo negativo sino encontrar las estrategias de cómo aprovechar el talento humano de cada joven ( así considerado según su edad o su espíritu), este texto es un llamado amoroso a trabajar por la construcción de los sueños, por que continuemos uniéndonos y subamos juntos escalones del progreso donde no sea un solo nombre el que se escuche sino una población. No se trata sólo de ser profesionales en algo sino de que sus actividades diarias sean una suma a un objetivo plural: CRECER, crecer como persona, familia, cultura,  etnia y mundo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario