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jueves, 25 de abril de 2019

4. Mes de la herencia africana 2017

En mayo de 2017, se escribieron 31 artículos sobre temas del pueblo negro-afrocolombiano. Estos artículos contaron con la participación de varios compañeras y compañeros. A continuación se relacionan las contribuciones a través de los artículos: 

4.31. Nuestros POLÍTICOS

Procesos de resistencia moderna étnico-racial de los pueblos negros/afrocolombianos

El Centro de Estudios Políticos y Sociales del Pueblo Afrocolombiano “CEPSAFRO” presenta varios artículos que escribiremos sobre procesos de resistencia étnico/racial de los pueblos negros/afrocolombianos. Para empezar, partimos de la definición de resistencia, entendida como la acción o capacidad de aguantar, tolerar u oponerse[i]. Asimismo en las ciencias sociales, la resistenciasupone el rechazo de una persona a las prácticas que hasta el momento le han permitido pensar sobre sí misma[ii]. Así la resistencia implica una búsqueda individual o colectiva de otras prácticas.

2.  Universidad del Pacifico
3.  Servicio Doméstico: alternativa o necesidad
4.  ¿San Antonio o San José, donde vivir mejor?
5.  ¿Sacerdocio afro, se cumplió la misión?
6.  Consejos Comunitarios
7.  Espacios humanitarios en Buenaventura
8.  Estética afro, abriendo mercados
9.  La partería
10.              Los artistas bonaverenses en medio de la guerra
11.              Paros cívicos de Buenaventura y el Choco
12.              Telegrama afro 1991


[i] Diccionario Conceptos online http://concepto.de/resistencia/#ixzz4qRAVTajG

[ii] Ídem

Opinando

Compendio de artículos OPINANDO
Autores, Licenia Salazar y Aroldo Amaya. 

sábado, 20 de abril de 2019

lunes, 25 de marzo de 2019

Victimas en Colombia

La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas es una institución creada en enero de 2012, a partir de la Ley 1448, de Víctimas y Restitución de Tierras, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno.
La Unidad para las Víctimas busca el acercamiento del Estado a las víctimas mediante una coordinación eficiente y acciones transformadoras que promuevan la participación efectiva de las víctimas en su proceso de reparación. En atención a eso, se encarga de coordinar las medidas de asistencia, atención y reparación otorgadas por el Estado, articular a las entidades que hacen parte del Sistema Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
Ver documento: Victimas en Colombia.




miércoles, 13 de marzo de 2019

Bancada de Congresistas Afrocolombianos 2018-2022


Se define como Bancada afro a los congresistas que se auto reconocen como afrocolombianos. En marzo de 2018 fueron elegidos quince congresistas, donde se eligieron en el   SENADO a: Juan Luis Castro Córdoba y a Victoria Sandino. Y como REPRESENTANTES A LA CAMARA fueron elegidos: Astrid Sánchez Montes de Oca, Nilton Córdoba Manyoma, Elbert Díaz Lozano, Milton Hugo Angulo Viveros, Jorge Méndez Hernández, Jhon Arley Murillo Benítez, Hernán Banguero Andrade, Carlos Julio Bonilla Soto, Elizabeth Jay-Pang Díaz, Milene Jarava Díaz, Faber Alberto Muñoz Cerón, Silvio José Carrasquilla Torres, Inti Raúl Asprilla Reyes


lunes, 11 de febrero de 2019

Una Novela llamada Alcaldía de Buenaventura

25 de octubre de 2015: se realizan en Colombia las elecciones de autoridades locales, siendo elegido alcalde de Buenaventura el Licenciado ELIECER ARBOLEDA TORRES, del partido de la U, con 33.564 votos (29,60%). La segunda votación la obtuvo el Ingeniero HECTOR COPETE, candidato por el MOVIMIENTO AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA, y obtuvo 25.872 votos (22,82%). Tercera posición la alcanzó BERNABE MOSQUERA ROMAN del PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO con 23.286 votos (20,54%). ELVIA LUCY ABONCE BRANCA del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO obtuvo la cuarta votación con 13.871 (12,23%). JAIME OSWALDO MARINEZ QUIÑONES del PARTIDO ALIANZA VERDE obtuvo 9.663 votos (8,52%). BERNARDINO ABAD QUIÑONES ANGULO del partido CAMBIO RADICAL obtuvo 2.443 votos (2,15%). MARIA YOVANA RODRIGUEZ GARCIA del PARTIDO OPCIÓN CIUDADANA obtuvo 1.005 votos (0,88%). EDINSON MOSQUERA SANCHEZ del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE obtuvo 663 votos (0,58%). Y GUSTAVO RUIZ RIASCOS del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL "MAIS" obtuvo 278 votos (0,24%).

1 de enero de 2016: toma posesión el Licenciado Eliecer Arboleda.

23 de septiembre de 2016 es nombrado Pedro Pablo Cortes como Gerente del Hospital Distrital Luis Ablanque de la Plata de Buenaventura mediante Decreto 1952 del 23 de septiembre de 2016, y firmó acta de posesión número 465.
Se dio cumplimiento a lo ordenado por el Señor Juez Sexto Civil Municipal y confirmado por el Señor Juez Segundo Civil del Circuito. Una vez reintegrado Franco Romero Rentería en su cargo (hasta el 31 de marzo de 2016), la Primera Autoridad dentro de sus facultades delegó a Cortés para este cargo”, explicó Édison Bioscar Ruiz Valencia, asesor Despacho Alcalde.

El 16 de abril de 2018: es detenido el alcalde de Buenaventura Eliecer Arboleda, por presunto detrimento en el manejo de unos 5.000 millones de pesos para el Hospital Luis Ablanque de la Plata de Buenaventura. En total son detenidos nueve personas más entre funcionarios y contratistas. Luis Fernando Ramos Carabalí, Secretario de Gobierno; Juan Carlos González, Secretario de infraestructura vial; Félix Riascos Brome, Secretario de Salud; Helbert León Campo Angulo, Jefe de la Oficina Asesora de Planeación; Jorge Omar Riascos Hurtado, Jefe Oficina Asesora Jurídica; Carolina Moreno Caicedo, representante legal de MC Asociados; Orlando Ocoro González, representante legal de Ingcse-a Ltda; Karina Moreno Caicedo; representante legal de Ingemedi S.A.S.; y Víctor Gabriel Parra Jurado, miembro de MC Asociados. El Juez 7 de Control de Garantías ordena medida de aseguramiento a todos. Es designada como alcaldesa encargada a Magally Caicedo Castro, quien se desempeñaba como Directora Administrativa de Recursos Humanos y Servicios Básicos de la entidad. Ver comunicado de Fiscalia.

21 de abril de 2018: estando detenido muere Helbert Campo Angulo, Director de Planeación de la Alcaldía Distrital de Buenaventura, en las instalaciones de la Casa de Encuentros Heriberto Correa Yepes de Buenaventura.

7 de mayo de 2018: fueron capturados Eliecer Arboleda Riascos  junto a su esposa, Viviana Vanesa Olaya un guarda de tránsito y la  empleada del servicio doméstico.

29 de mayo de 2018primera terna enviada por el Partido de la U al Presidente Iván Duque para que encargue Alcalde de Buenaventura. Terna conformada por Ingeniero Ever Guerrero, el empresario, José Pablo Castillo y la abogada Magaly Caicedo. Esta terna fue devuelta por la presidencia.

31 de mayo de 2018: El Juzgado Primero Penal de Circuito de Buenaventura deja en libertad al Alcalde Eliecer Arboleda  y nueve  personas más, vinculadas al proceso que investiga obras en el Hospital Luis Ablanque de la Plata ESE.

15 de junio de 2018: detenido nuevamente alcalde Eliecer Arboleda por presuntas exigencias que le hizo al gerente del Hospital Luis Ablanque de La PlataPedro Pablo Cortez Quiñonez, para su nombramiento en septiembre de 2016: firmar 13 renuncias con fechas diferentes y 13 letras de cambio en blanco. Los delitos imputados fueron: concusión, falsedad ideológica en documento público y concierto para delinquir. Ordena su detención el Juez Sexto con función de garantías de Buenaventura. Su hijo, Eliécer Arboleda Riascos, también fue enviado a la cárcel como presunto responsable de los delitos de concusión y falsedad ideológica en documento público. Igualmente, Luis Eider Mancilla, exfuncionario de la ventanilla única del citado hospital fue cobijado con medida de aseguramiento por los mismos hechos.

15 de junio de 2018: a través del Decreto No. 0592, el abogado Édison Bioscar Ruíz Valencia, fue nombrado en propiedad en el cargo de Secretario del Gobierno y Seguridad Ciudadana.

24 de junio de 2018: asume como alcalde encargado, Édison Bioscar Ruíz Valencia. Hasta el 12 de diciembre de 2018, cuando asume Maby Viera. 

1 de Octubre de 2018La Corte Suprema de Justicia ratificó el fallo que un Juez en Buenaventura y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga al negar una acción de tutela que pretendía tumbar  la libertad concedida al Alcalde de Buenaventura y nueve personas más detenidas por presuntas irregularidades en la remodelación del hospital.
Dice la sentencia que la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga negó la tutela interpuesta por el Fiscal 76 Anticorrupción de la Fiscalía General de la Nación, al considerar que "... no logró demostrar que las consideraciones expuestas hayan sido completamente arbitrarias, flagrantes y manifiesta, de tal forma que su alegato no va más allá de exponer su desacuerdo con la decisión, lo cual, a todas luces, no constituye una causal para que proceda la acción de tutela bajo estudio".
En el fallo definitivo, la Corte incluso defiende la decisión del Juez Primero Penal del Circuito de Buenaventura.

18 de Octubre de 2018el partido de la U, a través de su representante legal, Álvaro Echeverry Londoño, presentó de manera oficial segunda terna para designación de Alcalde Encargado de Buenaventura, ante la presidencia de la República y el Ministerio del Interior, conformada por: el secretario de gobierno con funciones de alcalde encargado, Edison Bioscar Ruiz; la directora de Recursos Humanos de la Alcaldía, Magaly Caicedo; y el secretario de Educación, Joaquín Orobio. 

8 de noviembre de 2018: Esta terna es devuelta por inconveniente.
Ver respuesta del Ministerio

15 de noviembre de 2018: por tercera vez el Partido de la U envía terna al Presidente de la República, Iván Duque, para designar al nuevo mandatario para el Distrito Especial de Buenaventura, para lo que resta de la actual administración, terna conformada por: Maby Viera, Diego Luis Hurtado y José Pablo Castillo, será presentada.
Ver oficio tercera terna 

12 de diciembre de 2018: mediante Decreto 2280 del Ministerio del Interior “Por el cual se suspende un alcalde y se designa alcalde encargado del Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura”  Maby Viera es designada Alcaldesa encargada.

16 de enero de 2019Un juez penal del circuito, le otorgó el beneficio de libertad privativa con restricciones, al alcalde de Buenaventura, Eliecer Arboleda Torres. Su hijo Eliecer Arboleda Riascos, y el ex funcionario de la ESE Luis Ablanque de la Plata, Luis Eider Mancilla, también fueron cobijados bajo el mismo beneficio judicial.

26 de enero de 2019: El directorio Distrital del Partido de la U escoge terna para ser enviada al Presidente Duque ya que consideran que desapareció la causa legal que generó el nombramiento de la encargatura, de la Dr. Maby Viera, al frente de la Alcaldía Distrital de Buenaventura. Los ternados son: Jairo Ibáñez Racines, Betty Segura, y Jhon Freddy Villegas Garcés. 

20 de febrero de 2019: Silvio Jair Alegria Fernnadez, Gerente del Hospital Distrital Luis Ablanque de la Plata ESE, presenta renuncia del cargo a partir del 12 de marzo de 2019. Ver oficio con fecha 15 de febrero de 2019

Febrero 27 de 2019: Por petición de la Fiscalía General de la Nación, el Juzgado Segundo del Circuito de Buenaventura confirmó el fallo de primera instancia y decidió que el ex alcalde del municipio en el puerto sobre el pacífico Eliécer Arboleda Torres, su hijo Eliécer Arboleda Riascos y Luis Eider Mancilla, deben continuar privados de la libertad, por lo que dispuso su recaptura.

La determinación fue sustentada en las supuestas irregularidades relacionadas con el cambio de gerente del hospital de local. Así se conoció luego de que el Tribunal Superior de Buga, el 20 de febrero pasado, amparará el derecho fundamental del debido proceso reclamado en una acción de tutela instaurada por el Fiscal 37 Seccional de Buga. En este caso, el juez ordenó volver a realizar audiencia del 16 de enero pasado en la cual se dispuso la libertad de los implicados por orden del Juzgado 4 del Circuito del puerto.

Ahora el Tribunal ordenó compulsar copias contra el Juez 4 del Circuito, Eder Arnoldo Guzmán Monroy, para que sea investigado penal y disciplinariamente, por considera que se habría cometido errores al revocar la medida de aseguramiento intramuros de los hoy imputados. (Fuente: Fiscalía General de la Nación). 

12 de marzo de 2019: Se posesiona nuevo Gerente del Hospital Distrital Luis Ablanque de la Plata de Buenaventura ESE, el Dr. Juan Carlos Corrales.

18 de marzo de 2018La Corte Suprema de Justicia confirma en segunda instancia y deja en firme la nueva medida de aseguramiento privativa de la libertad en contra del ex-mandatario del puerto de Buenaventura Eliecer Arboleda Torres, su hijo y el ex-mensajero del hospital distrital, Luis Elver Mancilla.
Se trata de una Tutela en contra de una providencia que daba libertad condicional al señor arboleda torres emitida por el juzgado 4 penal del circuito de buenaventura el pasado 16 de Enero de 2019, la cual provocó una fuerte respuesta del Fiscal 37 seccional de Buga – Valle quien mediante acción de Tutela alegando faltas al debido proceso y no valoración de las pruebas que este presentó al juzgado en mención, hizo uso de este mecanismo al superior jerárquico, es decir, el tribunal del distrito judicial de Buga – sala penal, quien le dio la razón al ente de control, no obstante Arboleda Torres apeló y desde la ciudad de Bogotá la sala penal de la corte suprema de justicia el pasado viernes confirmo la decisión del tribunal.

9 de abril de 2019. Eliecer Arboleda Torres presenta renuncia ante Presidente Ivan Duque. Ver renuncia hoja 1, hoja 2.

21 de mayo de 2019. Presidente Duque envía oficio a Representante Legal Partido de la U solicitando terna para suplir vacancia definitiva Alcaldía de Buenaventura. Ver oficio: Hoja 1 Hoja 2

14 de junio de 2019. Partido de la U envía terna integrada: Yolima Martínez Vergara, Alexis Mosquera Valencia y Carolina Arroyo Naranjo.  

Fuentes: Alcaldía Distrital de Buenaventura, Pagina Web La W Radio, Diario el País Cali, Revista Semana. Fiscalia, Corte Suprema de Justicia, Presidencia de la República.

Investigadora: Licenia Salazar
Junio 19 de de 2019 

miércoles, 7 de noviembre de 2018

Curules afro 2018

CIRCUNSCRIPCION ESPECIAL COMUNIDADES AFRODESCENDIENTES “Curules Afro” ELECCIONES CONGRESO DE COLOMBIA MARZO DE 2018. 
Este documento muestra en su primera parte como las comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales, han sido representadas en el Congreso de la Republica entre 1994 y 2018. Estas curules otorgadas en la Constitución Política de Colombia de 1991.

En la segunda parte se analiza el comportamiento del voto en blanco entre 2006 y 2018, por no tener datos disponibles de los años 1994 y 2002, no pudimos analizar el contexto general.

Por ultimo en la tercera parte de manera particular se presentan los resultados de participación por las curules de la circunscripción de comunidades afrodescendientes en las elecciones a Congreso realizadas el 11 de marzo de 2018, donde se encontrarán los nombres de los candidatos, las organizaciones y movimientos políticos que otorgaron avales, la composición de las listas, las mayores votaciones y algunas estadísticas que complementan estos datos.

Ver documento completo Curules afro 2018 

viernes, 5 de octubre de 2018

Curules afro 1994-2014

Las comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales han participado en las elecciones de Congreso por las dos curules consagradas en el artículo 176 de la Constitución Política de Colombia desde el año 1994 hasta el 2014. Veinte años donde estas comunidades han tenido una particular participación y que ha sido estudiada por unos pocos investigadores, que, desde la academia, básicamente han mostrado es sus estudios que se hace necesario retomar rumbos.

En este caso denominado: Curules Afro: una oportunidad perdida, se presentan las estadísticas donde se observan los resultados de la participación de estas comunidades en las elecciones del periodo descrito, los candidatos, las organizaciones y movimientos políticos y algunas estadísticas que permiten inferir unas teorías descritas por otros autores y presentar una nueva mirada de lo que se considera debe cambiarse.

¿Quiénes participan por las curules afro son verdaderamente integrantes de las comunidades afrocolombianas que harían un trabajo coherente con la intención por las cuales fueron creadas?

Se cuenta con la base de datos de los 273 candidatos que en estos 20 años se han presentado en las elecciones con el propósito de acceder a las dos curules afro. Los resultados muestran una variedad tanto de movimientos políticos, como de organizaciones todas dicen reivindicar y promover los derechos humanos, territoriales, sociales, económicos, culturales, ambientales y/o políticos de estas comunidades. La participación ha sido diversa y al final se observará si esta que inicio como una acción afirmativa, 20 años después se reafirma esta teoría.

¿Se ha logrado consolidar el Movimiento Social Afrocolombiano como alternativa política? ¿O se ha perdido la oportunidad de consolidar un proyecto político viable que consolide las aspiraciones de este grupo poblacional de tener verdaderos representantes que respondan a las demandas sociales ante el congreso?

Ver documento completo: Curules afro: una oportunidad perdida

miércoles, 19 de septiembre de 2018

Ley 70 de 1993. 25 años de Resistencia

La Constitución Política de Colombia de 1991 CPC, derogó a la Constitución de 1886. Contiene un preámbulo, trece títulos, trescientos ochenta artículos y sesenta disposiciones transitorias. La CPC fue promulgada en Bogotá el 4 de julio de 1991. Dentro de las sesenta disposiciones transitorias para las comunidades negras es relevante el AT 55.
Artículo TRANSITORIO 55. Dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Constitución, el Congreso expedirá, previo estudio por parte de una comisión especial que el Gobierno creará para tal efecto, una ley que les reconozca a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva sobre las áreas que habrá de demarcar la misma ley.

En la comisión especial de que trata el inciso anterior tendrán participación en cada caso representantes elegidos por las comunidades involucradas.
La propiedad así reconocida sólo será enajenable en los términos que señale la ley.

La misma ley establecerá mecanismos para la protección de la identidad cultural y los derechos de estas comunidades, y para el fomento de su desarrollo económico y social.

PARÁGRAFO 1. Lo dispuesto en el presente artículo podrá aplicarse a otras zonas del país que presenten similares condiciones, por el mismo procedimiento y previos estudio y concepto favorable de la comisión especial aquí prevista.

PARÁGRAFO 2. Si al vencimiento del término señalado en este artículo el Congreso no hubiere expedido la ley a la que él se refiere, el Gobierno procederá a hacerlo dentro de los seis meses siguientes, mediante norma con fuerza de ley.

El 11 de agosto de 1992 se expide el Decreto 1332 “Por el cual se crea la Comisión Especial para las Comunidades Negras, de que trata el artículo transitorio número 55 de la Constitución Política, sobre el reconocimiento de los derechos territoriales y culturales; económicos, políticos y sociales del pueblo negro de Colombia; y se establecen las funciones y atribuciones de la misma”.

Artículo 1º Créase la Comisión Especial para las Comunidades Negras, prevista en el artículo transitorio 55 de la Constitución Política, La cual está integrada así:
a) El Ministro de Gobierno o su Delegado; quien la presidirá;
b) El Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, o su delegado;
c) El Director del Departamento Nacional de Planeación, DNP, o su representante;
d) El Director del Inderena o su representante
e) El Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, o su delegado;
f) El Director del Instituto de Investigaciones Culturales y Antropológicas, ICAN o su delegado;
g) Los señores Gustavo de Roux, Jaime Arocha, Otilia Dueñas, Edgar Eulises Torres Murillo, Omar Torres Angulo, Jesús Rosero Ruano, Piedad Córdoba de Castro, Guillermo Panchano, Silvio Garcés y Luis Jaime Perea Ramos;
h) Tres (3) representantes por cada una de las comisiones consultivas de que trata el artículo 3º del presente Decreto, designados por ellas.


Los Comisionados por cada departamento del Pacifico colombianos fueron:

Por el departamento del Choco: Zulia Mena, Saturnino Moreno (q.e.p.d.), Rudecindo Castro.
Por el departamento del Valle: Carlos Rosero, Jorge Isaac Aramburo, Trifilo Ceballos.
Por el departamento de Nariño: Maria Angulo, Nelson Montaño, Hernán Cortes.
Por el departamento del Cauca: Elver Montaño, Arnulfo Cuero y Manuel Carabalí.

Ademas participaron de manera decidida en este largo camino: Alfonso Cassiani, Carlos Ramos (q.e.p.d) participó en la conquista del AT 55, David Lopez, Dionicio Miranda, Dorina Hernández, Esildo Pacheco, Félix Banguero, Gabino Hernández, Harah Olof YleleLeila A. Arroyo, Nevaldo Perea, Pastor Murillo, Ruben Hernandez.
Solo resta decirles: 

Una vez expedida la ley 70 de 1993, se suman muchas personas de acuerdo al sector que representaban, entre ellos: Jair Valencia, Agustín Valencia, Carlos Rua (q.e.p.d), Esperanza Bioho, Jattan Mazzot Ilele, Maria Nelly Murillo, Rosa Maritza Quiñonez, Rosalba Castillo.